Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
11-12-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121211-88

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 52

EDICTO

88
Procedimiento juicio verbal 962 de 2011

En el presente procedimiento de juicio verbal número 962 de 2011, sobre reclamación de cantidad, seguido a instancias de Consorcio de Compensación de Seguros, frente a don José Javier Lengomín Valdés, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 188 de 2012

En Madrid, a 14 de septiembre de 2012.—La señora doña María Teresa Santos Gutiérrez, magistrada-juez de primera instancia del número 52 de los de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 962 de 2011, a instancias de Consorcio de Compensación de Seguros, contra don José Javier Lengomín Valdés, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el abogado del Estado, en representación del Consorcio de Compensación de Seguros, frente a don José Javier Lengomín Valdés, debo condenar y condeno a este demandado al pago de 5.669,96 euros, más los intereses legales desde la presentación de la demanda hasta su completo pago.

Con expresa imposición de costas al demandado.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, el cual se preparará por medio de escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitando a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna.

Y encontrándose dicho demandado don José Javier Lengomín Valdés en paradero desconocido se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Madrid, a 27 de septiembre de 2012.—El secretario (firmado).

(02/9.261/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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