Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 294

Fecha del Boletín 
10-12-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121210-241

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LEÓN NÚMERO 2

EDICTO

241
Despido objetivo individual 446 de 2012

Doña María Amparo Fuentes-Lojo Lastres, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de León.

Hago saber: Que en el procedimiento de despido objetivo individual número 446 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Jesús Villadangos Maroto, contra la empresa “Papelera Astorgana, Sociedad Anónima”, “Imnapreco, Sociedad Limitada”, “Cartiber, Sociedad Anónima”, “Mapin 99, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado el decreto número 338 de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Tener por desistido a don Manuel Jesús Villadangos Maroto de su demanda, frente a “Papelera Astorgana, Sociedad Anónima”, “Imnapreco, Sociedad Limitada”, “Cartiber, Sociedad Anónima”, “Mapin 99, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial.

Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente resolución.

Incorpórese el original al libro de decretos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2131/0000/61/0446/12 en “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mapin 99, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En León, a 30 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.352/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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