Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 290

Fecha del Boletín 
05-12-2012

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121205-34

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Agencia de Gestión de Licencias de Actividades

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Notificación resoluciones de desistimiento expedientes

Intentadas sin éxito las notificaciones individuales de la resolución de desistimiento en expediente de transmisión de titularidad de licencias urbanísticas y de modificación de cartel, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pone en conocimiento de los interesados que se relacionan del desistimiento de sus solicitudes de transmisión de licencias urbanísticas con el detalle que se indica, toda vez que ha transcurrido el plazo previsto en el artículo 71 de la Ley citada sin que por su parte se haya cumplimentado el requerimiento formulado.

Igualmente se señala que, de conformidad con lo establecido en el artículo 61 del citado texto legal y en evitación de cualquier posible lesión a sus derechos o intereses legítimos, deberán retirar la documentación objeto de notificación en horario de nueve a trece, de lunes a viernes, en la sede de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades, calle Bustamante, número 16, cuarta planta, durante el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento de Madrid.





Se les advierte, igualmente, de que tales resoluciones ponen fin a la vía administrativa y de que contra las mismas podrán interponerse los siguientes recursos:

I. Recurso potestativo de reposición, ante el órgano competente para resolver, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con los artículos 107 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

II. Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Madrid, 2012.—La subdirectora general de Gestión de Procedimientos de Licencias de Actividad, Myriam Peón González, PA, Ricardo Galeote Lago.

(02/8.915/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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