Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
03-12-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121203-125

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

EDICTO

125
Demanda 1.036 de 2012

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria de lo social del número 18 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de doña María Pilar Payán Martínez, contra “Grupo Inmobiliario Esfera Azul, Sociedad Limitada”, y otros, en reclamación por despido, registrado con el número 1.036 de 2012, se ha acordado citar a “Grupo Inmobiliario Esfera Azul, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 4 de diciembre de 2012, a las nueve y diez horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 18, sito en la calle Princesa, número 3, quinta planta, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Al mismo tiempo se le cita para practicar la prueba de interrogatorio de partes en juicio.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Grupo Inmobiliario Esfera Azul, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 6 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.505/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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