Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 287

Fecha del Boletín 
01-12-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121201-43

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

43
Demanda 665 de 2012

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 665 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Rosua Peña, contra las empresas “Stock Uno Grupo de Servicios, Sociedad Limitada, ETT”, y “Market Forces Work ETT, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de desacumulación, cuyo contenido es del tenor literal siguiente:

Auto

Magistrado-juez de lo social, don José María Reyero Sahelices.—En Madrid, a 16 de octubre de 2012.

Parte dispositiva:

Dispongo: Desacumular de este procedimiento los autos número 1.031 de 2012, para que continúen su tramitación separada, remitiendo los autos al Juzgado de lo social número 7.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado de lo social número 9 abierta en “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto”, “Recurso” seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código “30 Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Stock Uno Grupo de Servicios, Sociedad Limitada, ETT”, y “Market Forces Work ETT, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 19 de octubre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/36.213/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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