Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
30-11-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121130-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

94
Demanda 1.031 de 2012

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.031 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rhimo Benayyad, contra la empresa “EO Espacios y Obras, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Se admite a trámite la demanda presentado por don Rhimo Benayyad, frente a “EO Espacios y Obras, Sociedad Limitada”, y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio la audiencia del día 28 de enero de 2014, a las diez y veinte horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, tercera planta de Madrid, con las advertencias y apercibimientos previstos en los artículos 21, 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social así como los del artículo 155.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

CÉDULA DE CITACIÓN

En Madrid, a 14 de septiembre de 2012.—En el proceso tramitado por este Juzgado de lo social en base a la demanda presentada por don Rhimo Benayyad, contra “EO Espacios y Obras, Sociedad Limitada”, en materia de ordinario se ha dictado resolución de esta misma fecha, cuya copia literal se acompaña.

De conformidad con los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, se hace constar que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por incomparecencia de la demandada, así como que los litigantes han de concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intentan valerse. Si el actor, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda. La incomparecencia injustificada de la demandada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.

Y para que sirva de notificación y citación a usted, expido la presente en Madrid.

Se hace saber al receptor que ha de cumplir el deber público que se le encomienda; que puede ser sancionada con multa de 12,02 euros a 120,20 euros si se niega a la recepción, o no hace la entrega a la mayor brevedad; que ha de comunicar el órgano judicial la imposibilidad de entregar la comunicación al interesado y que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que le ocasionen.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “EO Espacios y Obras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.209/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121130-94