Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121130-117
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 220 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Yepes Camuñas, contra la empresa “Pinar Aranjuez, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:
Se acuerda:
a) El embargo de los bienes inmuebles que se describen:
Finca urbana número 21.180, inscrita en el libro 220, tomo 1.915.
Finca urbana número 22.174, inscrita en el libro 233, tomo 1.934.
Finca urbana número 22.177, inscrita en el libro 233, tomo 1.934.
Finca urbana número 22.983, inscrita en el libro 244, tomo 1.951.
Finca urbana número 23.410, inscrita en el libro 249, tomo 1.959.
Finca urbana número 24.197, inscrita en el libro 260, tomo 1.983.
Finca urbana número 31.831, inscrita en el libro 352, tomo 2.135.
Finca urbana número 31.832, inscrita en el libro 352, tomo 2.135.
Las fincas aparecen inscritas a favor de “Pinar Aranjuez, Sociedad Anónima”, con cédula de identificación fiscal número A-78844932, con domicilio en Aranjuez, calle Domingo de Aguirre, número 2.
b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.
c) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.
Así por este decreto lo acuerdo y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pinar Aranjuez, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 22 de octubre de 2012.—El secretario judicial (firmado).
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