Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121129-119
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50
EDICTO
Por la presente, y en virtud de lo acordado en el procedimiento verbal número 2 de 2012, seguido en este Juzgado por “Aidualc 99, Sociedad Limitada”, representada por el procurador don David García Riquelme, contra don Ignacio Martínez-Gil Vich, representado por la procuradora doña Marta Cendrá Guinea; don Efrén Beltrán Garay y don José Ignacio Domínguez del Camino, se le notifica la sentencia a don José Ignacio Domínguez del Camino, dado su ignorado paradero, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Que desestimando la demanda interpuesta por la entidad “Aidualc 99, Sociedad Limitada”, representada por el procurador don David García Riquelme, contra don Efrén Beltrán Garay, don José Ignacio Domínguez del Camino y don Ignacio Martínez-Gil Vich, representado este último por la procuradora doña Marta Cendrá Guinea, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de las pretensiones de la parte actora, con imposición de costas a esta última.
Así por esta mi sentencia, que se notificará en legal forma a las partes, definitivamente juzgando en la instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación. Debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
Debiéndose consignar en la cuenta del Juzgado (código de cuenta 2544) la cantidad de 50 euros en concepto de depósito para recurrir, indicándose la clase y número de procedimiento, así como la fecha de la resolución recurrida. No se admitirá a trámite el recurso si no se constituye este depósito, lo que deberá acreditarse ante este Juzgado mediante la presentación de copia del resguardo y orden de ingreso.
Y para que sirva de notificación a don José Ignacio Domínguez del Camino, dado su paradero desconocido, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado, que firmo en Madrid, a 19 de junio de 2012.—El secretario (firmado).
(02/8.008/12)