Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
28-11-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121128-221

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

221
Despido 1.244 de 2011

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 126 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Bensaddik Monaim, frente a “Laso Herco, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Bensaddik Monaim con la empresa “Laso Herco, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquel la cantidad de 26.279,96 euros en concepto de indemnización, y la cantidad de 20.262,07 euros en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banesto con el número 2805/0000/64/0126/12.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña María Luisa Gil Meana.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Laso Herco, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de octubre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/35.872/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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