Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
27-11-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121127-127

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

127
Demanda 872 de 2012

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 872 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Teresita de Jesús Herrera Tandazo contra “Asistencia Vip Servicios, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva dice:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada a instancias de doña Teresita de Jesús Herrera Tandazo, el día 26 de julio de 2012, contra “Asistencia Vip Servicios, Sociedad Limitada”, en materia de despido.

2. Citar a las partes con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración de los actos de conciliación y juicio, a cuyo efecto se señalan en única y sucesiva convocatoria para el día 11 de marzo de 2013, a las once y diez horas, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral, en la Sala de audiencias de este Juzgado sito en calle Princesa, número 3.

3. En cuanto a la prueba propuesta paso a dar cuenta a su señoría.

Notifíquese esta resolución de conformidad con los artículos 55 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Social.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá, dentro del plazo para recurrir, constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado con el número 2525 en la entidad bancaria “Banesto”.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios, 0030 1033 40 0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2525, número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso.—La secretaria judicial (firmado).

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 y 60 de la Ley de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Asistencia Vip Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.856/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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