Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
27-11-2012

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121127-147

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

147
Demanda 883 de 2012-E

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 883 de 2012-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Paco Wanerges Lombeida Gáibor, contra las empresas “Filial Grupo Global de Mantenimiento, Sociedad Limitada”, “Alcarreña y Bonaval Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, “Alia Telecontrol, Sociedad Limitada”, y “Global Risk Segurity España, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

Secretaria judicial, doña Yolanda Caballero Martín.—En Móstoles, a 11 de julio de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por don Paco Wanerges Lombeida Gáibor, frente a “Filial Grupo Global de Mantenimiento, Sociedad Limitada”, “Alcarreña y Bonaval Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, “Alia Telecontrol, Sociedad Limitada”, y “Global Risk Segurity España, Sociedad Limitada”, en materia de cantidad.

2. Se acuerda requerir a las empresas demandadas la documental solicitada para que en el día del juicio aporten los documentos indicados en la demanda, sin perjuicio del criterio de su señoría el magistrado-juez, y citar a las partes, con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración del juicio, a cuyo efecto se señala para el día 10 de enero de 2013, a las once cuarenta y cinco horas.

3. En relación con el interrogatorio de las partes, ha lugar y se requiere a los legales representantes de las empresas demandadas a fin de que comparezcan el día y hora señalados, con el apercibimiento de que en caso de incomparecencia se les podrá tener por confesos.

4. Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el escrito de la demanda, sobre la comparecencia a juicio del demandante asistido de letrado.

5. Se requiere a la parte actora para que en el plazo de quince días aporte copia del acta del Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación, así como que aporte los documentos originales adjuntados con la demanda.

Con las siguientes advertencias y apercibimientos:

A la parte demandante, que si no asistiere a la vista y la parte demandada no alegare interés legítimo en la continuación del proceso, se le tendrá por desistida de la demanda.

A ambas partes, que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse indicándoles que, en el caso de solicitarse citación judicial de partes, testigos o peritos deberán pedirlo en el plazo de cinco días siguientes a la recepción de la notificación de la presente resolución, debiendo indicar al Juzgado qué personas han de ser citadas por el tribunal para que asistan a la vista, bien como testigos o peritos, o como conocedoras de los hechos sobre los que tendría que declarar la parte, facilitando los datos y circunstancias precisas para llevar a efecto la citación, conforme al artículo 90 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Asimismo, se indicará a ambas partes que deben comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Sirviendo la presente de citación y notificación en forma a todas las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Filial Grupo Global de Mantenimiento, Sociedad Limitada”, “Alcarreña y Bonaval Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, “Alia Telecontrol, Sociedad Limitada”, y “Global Risk Segurity España, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 30 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.660/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121127-147