Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 282

Fecha del Boletín 
26-11-2012

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121126-5

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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ORDEN de 23 de noviembre de 2012, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 72.000.000,00 de euros.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 8 de junio de 2012, autorizó a la Comunidad de Madrid a realizar operaciones de préstamos en el exterior y emisiones de deuda pública hasta un importe máximo de 1.417.688.656,00 euros, equivalente al 0,75 por 100 del PIB regional, conforme al apartado 3 del Acuerdo 8/2012, de 6 de marzo, del Consejo de Política Fiscal y Financiera. Posteriormente, el 26 de octubre de 2012 el Consejo de Ministros ha autorizado a la Comunidad de Madrid a realizar operaciones de préstamo en el exterior y emisiones de deuda pública hasta un importe máximo de 1.284.066.318,00 euros.

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, acordó el 10 de mayo de 2012, disponer la realización de varios préstamos a largo plazo en moneda nacional y otras operaciones financieras a largo plazo, una vez obtenida la preceptiva autorización del Consejo de Ministros, hasta un importe máximo de 2.835.377.312,84 euros, dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 37 de la Ley 5/2011, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012.

En virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno citado y dadas las condiciones actuales en el Mercado de Deuda Pública, de acuerdo con la autorización estatal, se considera conveniente que la Comunidad de Madrid proceda a realizar una emisión de deuda a un plazo de dos años a tipo de interés fijo.

El importe obtenido a través de la mencionada operación no excede del importe susceptible de ser financiado, de conformidad con lo autorizado por el Acuerdo de Consejo de Go­bierno de 10 de mayo de 2012, ni el límite establecido por los Acuerdos de Consejo de ­Ministros de 8 de junio y 26 de octubre de 2012.

En razón de lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 38.5 de la citada Ley 5/2011, de 23 de diciembre,

DISPONGO

Primero

Realizar una emisión de Deuda Pública con las siguientes características:

— Importe: 72.000.000,00 de euros

— Modalidad: Bonos a dos años.

— Fecha de emisión y desembolso: 28 de noviembre de 2012.

— Precio de emisión: 98,16 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 70.675.200,00 euros.

— Fecha de vencimiento: 28 de noviembre de 2014.

— Amortización: Única, al vencimiento y a la par, libre de gastos para el tenedor.

— Precio de amortización: Al 100 por 100 sobre el importe nominal de la emisión.

— Representación de los bonos: Los bonos se representan mediante anotaciones en cuenta registradas a través del Sistema de Registro, Compensación y Liquidación del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, gestionado por la “Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima” (IBERCLEAR), siendo el importe nominal mínimo de negociación de 1.000,00 euros.

— Negociación de los valores: Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.

— Tipo de interés: 4,75 por 100 nominal anual fijo, base Act/Act, pagadero en los aniversarios de la fecha de emisión hasta e incluyendo la fecha de vencimiento final.

— Suscripción: El importe total de la emisión se adjudicará a la entidad suscriptora.

— Otras condiciones: De acuerdo con la normativa aplicable a las Comunidades Autónomas, la presente emisión disfrutará de los mismos beneficios y condiciones que la Deuda Pública del Estado.

Segundo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delega en el Director General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio, la firma del contrato de suscripción de la emisión.

Tercero

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de noviembre de 2012.

El Consejero de Economía y Hacienda, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/38.157/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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