Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121124-48
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 268 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Arturo Corrales Cerrato, contra la empresa “Hueso Andía, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto de fecha 30 de septiembre de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Decreto
Secretario judicial, don Máximo Javier Herreros Ventosa.—En Madrid, a 30 de septiembre de 2011.
Parte dispositiva:
Se acuerda el embargo sobre los créditos que ostenta la empresa demandada por relaciones comerciales mantenidas con otras empresas en lo que sea suficiente a cubrir las cantidades por las cuales se ha despachado ejecución. A tal fin, líbrense los correspondientes oficios a las referidas empresas al objeto de requerirles, bajo su personal responsabilidad, para que en el plazo máximo de cinco días procedan a dar cumplimiento de lo acordado, transfiriendo a la “Cuenta de consignaciones y depósitos” en este Juzgado las cantidades adeudadas.
Y asimismo, adviértase:
a) Que el pago que, en su caso, hicieren a la demandada no será válido (artículo 1.165 del Código Civil), y que el efectuado en cumplimiento del presente requerimiento les libera de toda responsabilidad frente a la acreedora.
b) De las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes realicen cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia de un embargo (artículo 257.1.2 del Código Penal).
Asimismo, por recibido escrito presentado por la empresa “Hueso Andía, Sociedad Limitada”, únase a los autos de su razón, se tiene por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo, dándose traslado a la otra parte a los efectos legales oportunos.
Notifíquese la presente resolución a las partes, al ejecutante, posponiendo su notificación a la ejecutada hasta tanto sea efectiva la traba de lo embargado y a fin de asegurar su efectividad (artículo 53.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Hueso Andía, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 4 de octubre de 2012.—El secretario judicial (firmado).
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