Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
23-11-2012

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121123-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Segunda

EDICTO

107
Procedimiento ordinario 1.922 de 2003

Doña Beatriz Crespo Marqués, secretaria judicial de la Sección Segunda de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Doy fe: Que en el procedimiento ordinario número 1.922 de 2003 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 1.001

Ilustrísimos señores: presidente, don Francisco Gerardo Martínez Tristán; magistrados, don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez, don José Daniel Sanz Heredero, doña Elvira Adoración Rodríguez Martí, doña Fátima Blanca de la Cruz Mera.—En Madrid, a 21 de junio de 2012.

Vistos por la Sala, constituida por los señores citados de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1.922 de 2003, interpuesto por Grupo de Concejales del Partido Popular del Ayuntamiento de Parla, representado por el procurador don Alejandro Utrilla Palombí, contra la resolución dictada por el Pleno de dicha Corporación, en fecha 2 de septiembre de 2003, que aprobó definitivamente el presupuesto para el ejercicio 2003. Ha sido parte demandada el Ayuntamiento de Parla, estando representado por el letrado don Pedro José Hidalgo Albira.

Fallamos

Que estimando el recurso interpuesto por Grupo de Concejales del Partido Popular del Ayuntamiento de Parla contra la actuación administrativa descrita en el fundamento de derecho primero de la presente resolución, debemos anularla y la anulamos, y sin pronunciamiento alguno respecto de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de casación, ante el Tribunal Supremo, que se deberá preparar ante esta Sala en el plazo de diez días a partir de su notificación, previa constitución del depósito previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, bajo apercibimiento de no admitir a trámite dicho recurso. Dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de esta Sección número 2612 (“Banesto”), especificando en el campo concepto “Recurso 24, Contencioso-Casación” (50 euros). Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso debe indicarse justamente después de especificar los dieciséis dígitos de la cuenta expediente (separado por un espacio). En su momento, devuélvase el expediente administrativo al departamento de su procedencia, con certificación de esta resolución.

Así por esta nuestra sentencia, juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para su publicación a los efectos del artículo 126 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo expido el presente.

En Madrid, a 18 de octubre de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/35.857/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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