Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280
Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121123-104
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Sección Segunda
EDICTO
Doña Beatriz Crespo Marqués, secretaria judicial de la Sección Segunda de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Doy fe: Que en procedimiento ordinario número 352 de 2011 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
Sentencia número 985
Ilustrísimos señores: presidente, don Francisco Gerardo Martínez Tristán; magistrados, don Juan F. López de Hontanar Sánchez, don José Daniel Sanz Heredero, doña Elvira Adoración Rodríguez Martí, don Miguel Ángel García Alonso y doña Fátima Blanca de la Cruz Mera.—En Madrid, a 10 de julio de 2012.
Vistos por la Sala, constituida por los señores citados de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos del recurso contencioso-administrativo número 352 de 2011, interpuestos por la Asociación de Empresarios Madrileños del Taxi, representada por el procurador don José Antonio del Campo Barcón y asistida por la letrada doña Susana Cuadrón Ámbite, contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 27 de abril de 2011 por el que se aprueba la modificación de la ordenanza reguladora del servicio de vehículos de alquiler con aparato taxímetro, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” de 11 de mayo de 2011. Ha sido parte el Ayuntamiento de Madrid, asistido y representado por el letrado consistorial don Antonio Cabrero Martínez, y como codemandados la entidad Federación Profesional del Taxi, representada por el procurador don Roberto Hoyos Mencía y asistida por el letrado don Javier Vasallo Rapela, y la entidad Asociación Gremial del Auto-Taxi de Madrid, representada por la procuradora doña María del Mar Rodríguez Gil y asistida por el letrado don Gabriel Urralburu Tainta.
Fallamos
Que estimamos en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el procurador don José Antonio del Campo Barcón, en nombre y representación de la Asociación de Empresarios Madrileños del Taxi, y en su virtud anulamos el siguiente inciso del apartado segundo del artículo 30 bis a que se refiere el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 27 de abril de 2011, por el que se aprueba la modificación de la ordenanza reguladora del servicio de vehículos de alquiler con aparato taxímetro, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” de 11 de mayo de 2011:
“Asimismo, las entidades que gestionan radioemisoras deberán adoptar las medidas de control necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo”.
Procédase a la publicación del fallo de esta sentencia en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el plazo de los diez días siguientes a la firmeza de la presente sentencia.
No se efectúa especial pronunciamiento en cuanto a las costas, por lo que cada parte abonará las causadas a su instancia y las comunes lo serán por mitad.
Notifíquese la presente resolución, con la advertencia de que la misma no es firme, pudiendo interponerse recurso de casación que habrá de prepararse ante esta misma Sala en el plazo de los diez días siguientes a la notificación de la presente resolución.
Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Y para su publicación a los efectos del artículo 126 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa expido el presente.
En Madrid, a 18 de octubre de 2012.—La secretaria (firmado).
(03/35.860/12)

