Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121123-210
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 162 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfonso Suengas Goenechea, contra las empresas “Alza Abogados y Fiscalistas, Sociedad Anónima”, y “Es Por Ti Corazón, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Que debía aclarar y aclaraba la parte dispositiva del auto de fecha 23 de julio de 2012, y en ese sentido debe decir:
«Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Alfonso Suengas Goenechea, frente a “Alza Abogados y Fiscalistas, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por importe de 33.877,45 euros, y frente a “Es Por Ti Corazón, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 33.877,45 euros en concepto de principal, más 2.032 euros y 3.388 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas de esta ejecución.»
Y debía aclarar y aclaraba la parte dispositiva del decreto de fecha 15 de octubre de 2012, y en este sentido debe decir:
«a) Declarar a las ejecutadas “Alza Abogados y Fiscalistas, Sociedad Anónima”, y “Es Por Ti Corazón, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total, cada una de ellas, por importe de 33.877,45 euros. Insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.»
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que en su caso se formule contra la sentencia.
Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José Antonio Capilla Bolaños.
Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Alza Abogados y Fiscalistas, Sociedad Anónima”, y “Es Por Ti Corazón, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.
En Madrid, a 19 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/35.294/12)

