Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
22-11-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121122-84

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 64

EDICTO

84
Procedimiento ordinario 1.404 de 2008

En el procedimiento ordinario número 1.404 de 2008, sobre otras materias, se han dictado las siguientes resoluciones:

Sentencia

En Madrid, a 17 de octubre de 2011.—Vistos por el ilustrísimo señor don Mariano Zabala Alonso, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 64 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 1.405 de 2008, promovidos a instancias de don Agustín Gómez Bermejo, representado por la procuradora doña Pilar Huerta Camarero y defendido por el letrado don Miguel López de la Cámara Giménez-Padilla, contra doña Carmen Lage Heranz, doña Soledad Lage Heranz y los herederos de doña Consolación Lage Heranz, en situación de rebeldía.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la procuradora doña Pilar Huerta Camareno, en nombre y representación de don Agustín Gómez Bejarano, debo declarar y declaro el pleno dominio de dicho demandante sobre la mitad indivisa no inscrita a su nombre de la vivienda ubicada en la calle Vía Carpetana, número 324, planta segunda, letra A, de Madrid, que figura inscrita en el Registro de la Propiedad número 9 de dicha capital como finca registral número 61.787, reconociéndose así la adquisición mediante usucapión del 50 por 100 de la propiedad de dicha finca que no figura inscrita a nombre del demandante, debiendo pasar los demandados por el reconocimiento de la propiedad así adquirida y con expresa imposición a los mismos demandados de las costas causadas en este proceso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde su notificación.

Debiendo acreditar al prepararlo haber consignado en la “Cuenta de depósito y consignaciones de este Juzgado (2661), clave (02), a favor del presente expediente, como depósito, la cantidad de 50 euros.

Auto

Magistrado-juez de primera instancia, don Mariano Zabala Alonso.—En Madrid, a 29 de noviembre de 2011.

Hechos:

Único.—La procuradora doña Pilar Huerta Camarero, en representación de don Agustín Gómez Bejarano, en escrito de 28 de octubre de 2011 solicitó aclaración de la sentencia de 17 de octubre de 2011, debido a errores materiales apreciados en la misma, y por diligencia de 22 de noviembre de 2011 se pasaron los autos a la mesa de su señoría para dictar la resolución procedente.

Parte dispositiva:

Resuelvo: Aclarar la sentencia dictada en el sentido de que donde dice: “sobre elevación a escritura pública de contrato privado de compraventa”; debe decir: “sobre acción declarativa de dominio y adquisitiva de propiedad”, y donde diga: “don Agustín Gómez Bermejo”; debe decir: “don Agustín Gómez Bejarano”.

Así lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Mariano Zabala Alonso, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 64 de Madrid.—Doy fe.

Contra la presente resolución no cabe recurso, sin perjuicio del que corresponda a la resolución aclarada.—La secretaria (firmado).—El magistrado-juez de primera instancia (firmado).

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a los ignorados herederos de doña Consolación Lage Herán, la sentencia de fecha 17 de octubre de 2011 y el auto de fecha 29 de noviembre de 2011 por el que se aclara dicha sentencia.

En Madrid, a 12 de julio de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/8.773/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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