Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
22-11-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121122-121

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

121
Ejecución 219 de 1998

Don Miguel Ángel Aguilar Ramírez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 219 de 1998 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Esther Arribas López y don Fernando López Guerrero, contra don Luis López Hernández y don Pedro Mancebo Santander, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 18 de octubre de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Por recibida devuelta del Servicio Común de Actos de Comunicación diligencia negativa de notificación al ejecutado don Pedro Mancebo Santander, efectuada consulta telemática por medio del Punto Neutro Judicial en relación a la averiguación del domicilio del ejecutado, se unen a los autos de su razón y acuerdo:

Siendo el resultado de la notificación de la diligencia de ordenación de fecha 12 de junio de 2012, diligencia de ordenación de fecha 18 de julio de 2012 negativo y diligencia de ordenación de fecha 3 de septiembre de 2012, y visto que de la consulta realizada sobre nuevo domicilio del ejecutado don Pedro Mancebo Santander consta el mismo que obra en las actuaciones, desconociéndose otro domicilio en el que poder practicar la diligencia de notificación al ejecutado, procédase a notificar conforme establece el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social insertando un extracto suficiente de la resolución o de la cédula en el boletín oficial correspondiente, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva incidente, o cuando se trate de emplazamiento.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Pedro Mancebo Santander, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de octubre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.977/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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