Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
21-11-2012

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121121-30

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

30
Disolución Junta Compensación Tapia de Casariego

Aprobación definitiva de la disolución de la Junta de Compensación del Área de Planeamiento Específico 09.24 “Tapia de Casariego”, Unidad de Ejecución 5.

Expediente: 711/2011/25.900.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 27 de septiembre de 2012, ha adoptado, el siguiente acuerdo:

«Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas por las mercantiles “Jenofonte, Sociedad Anónima”, “Balear Menor, Sociedad Limitada”, y por “Monte Espliego, Sociedad Limitada”, de conformidad con el informe emitido por la Subdirección General de Promoción del Suelo obrante en el expediente.

Segundo.—Aprobar definitivamente la disolución de la Junta de Compensación del Área de Planeamiento Específico 09.24, Unidad de Ejecución 5, “Tapia de Casariego”, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, y artículo 10 de la Ley 4/1984, de 10 de febrero, sobre Medidas de Disciplina Urbanística de la Comunidad de Madrid, al haberse cumplido los fines para los que fue creada.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor difusión de esta, todo ello, según lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 4/1984, sobre Medidas de Disciplina Urbanística de la Comunidad de Madrid.

Cuarto.—Elevar el presente acuerdo al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Comunidad de Madrid para su inscripción, de acuerdo con lo establecido en el artículo 164 del Reglamento de Gestión Urbanística».

Con la publicación del presente anuncio se considerarán notificados los interesados desconocidos o con domicilio ignorado, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra la misma recurso de reposición ante el propio órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación o publicación de la presente, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación o publicación de la presente, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportunos deducir.

Lo que se publica para general conocimiento.

En Madrid, a 8 de octubre de 2012.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Casilda Méndez Magán.

(02/8.301/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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