Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
21-11-2012

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121121-95

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 5

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y REQUERIMIENTO

95
Ejecución 1.608 de 2009

Don Efraín Fernández Martínez, secretario del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcalá de Henares.

Por medio del presente hago saber: Que en los autos de ejecución de títulos judiciales número 1.608 de 2009 seguidos en este Juzgado se ha dictado resolución, que copiada literalmente es como sigue:

Auto

Magistrado-juez de primera instancia, don Pedro Félix Álvarez de Benito.—En Alcalá de Henares, a 16 de octubre de 2009.

Dada cuenta, el anterior escrito junto con modelo 696 de tasa para el ejercicio de la potestad jurisdiccional, únanse.

Antecedentes de hecho:

Único.—Por la procuradora doña María Concepción Iglesias Martín, en nombre y representación de “Ibercaja Leasing y Financiación, Sociedad Anónima, Entidad Financiera de Crédito”, se ha presentado demanda solicitando se despache ejecución frente a doña Ruth María Andreu Silva, don Daniel Cuadrado López, don Daniel Moreno Isidro, doña Vanesa del Río Clemente y “Hormizada, Sociedad Limitada”, en base al siguientes título ejecutivo:

Clase de título, fecha y número en su caso: póliza de arrendamiento financiero de fecha 10 de octubre de 2007, número 68005/91975212/0.

Ejecutante: “Ibercaja Leasing y Financiación, Sociedad Anónima”, Entidad Financiera de Crédito”.

Ejecutados: doña Ruth María Andreu Silva, don Daniel Cuadrado López, don Daniel Moreno Isidro, doña Vanesa del Río Clemente y “Hormizada, Sociedad Limitada”.

Parte dispositiva:

1. Se tiene por parte a la procuradora doña María Concepción Iglesias Martín, en la representación que acredita de “Ibercaja Leasing y Financiación, Sociedad Anónima, Entidad Financiera de Crédito”. entendiéndose con la misma las sucesivas actuaciones en la forma prevista en la Ley.

2. Se despacha a instancias de “Ibercaja Leasing y Financiación, Sociedad Anónima, Entidad Financiera de Crédito”, parte ejecutante, ejecución frente a doña Ruth María Andreu Silva, don Daniel Cuadrado López, don Daniel Moreno Isidro, doña Vanesa del Río Clemente y “Hormizada, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 32.420,86 euros de principal, más otros 9.700 euros fijados prudencialmente para intereses y costas de ejecución.

3. Requiérase a los deudores para que en el acto paguen el importe del principal e intereses devengados, y si no lo verifican o no se hallasen, y así fuere solicitado por la parte ejecutante, procédase al embargo de sus bienes y derechos en cuantía suficiente a cubrir la cantidad por la que se despacha la ejecución y las costas de esta, observándose en la traba las prevenciones establecidas en la sección primera, capítulo III, título IV del libro III de la Ley de Enjuiciamiento Civil, teniendo por aportada nota de bienes designados por otrosí digo en el escrito de demanda.

Expídase mandamiento al agente judicial de este Juzgado que corresponda o, en su caso, del Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, para que asistido de fedatario lo practique.

Hágase saber a las partes que de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, si cambiasen su domicilio durante la sustanciación del proceso lo comunicarán inmediatamente al tribunal.

Notifíquese esta resolución a los ejecutados, con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que en cualquier momento puedan personarse en la ejecución.

Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 551.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), sin perjuicio de que los deudores puedan oponerse a la ejecución despachada dentro de los diez días siguientes a la notificación de este auto.

Así lo manda y firma su señoría.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a “Hormizada, Sociedad Limitada”, don Daniel Moreno Isidro y doña Vanesa del Río Clemente, a quienes se requiere a los fines, por el término y bajo los apercibimientos que en dicha resolución se expresan, y su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, extiendo y firmo la presente en Alcalá de Henares, a 17 de julio de 2012.—El secretario (firmado).

(02/8.639/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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