Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
20-11-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121120-145

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

145
Ejecución 104 de 2012

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 104 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Navarro Cerrada, contra la empresa “Hernández León Estudio de Arquitectura, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento de oficio, se han dictado auto y decreto de fecha 27 de junio de 2012 y decreto de fecha 24 de julio de 2012, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

En Madrid, a 27 de junio de 2012.

Parte dispositiva:

En su virtud, visto el precepto citado y demás de general y pertinente aplicación, dispongo: Despachar ejecución a instancias de don Antonio Navarro Cerrada, contra “Hernández León Estudio de Arquitectura, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 7.687,70 euros, más 768,77 euros presupuestados para costas.

Notifíquese la siguiente resolución a las partes:

Modo de impugnación: no cabe recurso alguno contra la misma.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Ángel Juan Alonso Boggiero.

Decreto

Secretaria judicial, doña María Isabel Tirado Gutiérrez.—En Madrid, a 27 de junio de 2012.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas y desconociéndose bienes concretos, acuerdo: Requerir a la parte actora a fin de que en el plazo de diez días inste las diligencias que a su derecho convenga para el impulso de la presente ejecución, bajo los apercibimientos legales procedentes, al tratarse de un procedimiento regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil .

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2511 de “Banesto”.

Decreto

Secretaria judicial en sustitución, doña Montserrat Torrente Muñoz.—En Madrid, a 24 de julio de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar embargados por vía de mejora de embargo el siguiente:

Crédito que ostenta la empresa demandada “Hernández León Estudio de Arquitectura, Sociedad Limitada”, frente al Ayuntamiento de Vélez-Málaga.

Para su efectividad, acuerdo librar los correspondientes oficios y mandamientos.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2511 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Hernández León Estudio de Arquitectura, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.583/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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