Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
17-11-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121117-122

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

122
Ejecución 185 de 2012

Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 185 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mohammad Reza Kzayataz, y don Aram Yeremian, contra “LFF Consultores y Asesores, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 3 de octubre de 2012 del tenor literal siguiente:

Decreto

Secretaria judicial, doña María Luisa García Tejedor.—En Madrid, a 3 de octubre de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Tener por terminado el presente procedimiento de ejecución seguido a instancias de don Mohammad Reza Kzayataz, y don Aram Yeremian, frente a “LFF Consultores y Asesores, Sociedad Limitada”.

Póngase a disposición de la parte actora la cantidad de 13.964,53 euros en concepto de resto de principal una vez firme la presente resolución, librándose al efecto los oportunos mandamientos, correspondiendo en proporción a su crédito a don Mohammad Reza Kzayataz Chistaz (49,97 por 100) la cantidad de 6.977,48 euros y a don Aram Yeremian (50,03 por 100) la cantidad de 6.987,05 euros, que deberán ser presentados al cobro en un plazo de tres meses, a contar desde el siguiente a su emisión, no excluyéndose los días inhábiles, pero si el día del vencimiento lo fuere, se entenderá que el mandamiento vence al día siguiente hábil, y que transcurrido un año a contar desde el presente requerimiento o desde la fecha de emisión del mandamiento en que se proceda al cobro de la mencionada cantidad, se transferirá la misma a la “Cuenta de fondos provisionalmente abandonados” (artículos 12.2 y 14.1.2 del Real Decreto 467/2006, de 21 de abril).

Alzar los embargos trabados en las actuaciones, a cuyo fin se librarán los oportunos oficios a la Agencia Tributaria, “Banco Sabadell, Sociedad Anónima”, “Bankoa, Sociedad Anónima”, “FEG Agrupación Europea, Sociedad Limitada”, “Telvent Tráfico y Transporte, Sociedad Anónima”, “Indra Sistemas, Sociedad Anónima”, “Diode España, Sociedad Anónima”, “Pecovasa Renfe Mercancías, Sociedad Anónima”, “Rent and Tech Alquiler y Servicios Tecnológicos, Sociedad Limitada”, y “Generali España, Sociedad Anónima de Servicios y Reaseguros”.

Hágase saber a las partes que en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución se practicará tasación de costas que obren en las actuaciones a dicha fecha, así como liquidación de intereses, debiendo, en su caso, aportar minuta de honorarios y liquidación de intereses, para su inclusión, advirtiendo a las partes que practicada por la secretaria de este Juzgado la tasación de costas no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando al interesado su derecho para reclamarla si le conviniere de quién y cómo corresponda.

Notifíquese la presente resolución, dejando testimonio de la misma en las actuaciones y firme que sea, archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “LFF Consultores y Asesores, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su colocación en el tablón de edictos de este Juzgado.

En Madrid, a 11 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.358/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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