Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
17-11-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121117-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

80
Ejecución 189 de 2012

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 189 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gheorghe Alin Motrun, contra la empresa “Ventilación e Incendios, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Gheorghe Alin Motrun, con la empresa “Ventilación e Incendios, Sociedad Limitada Unipersonal”, condenando a esta a que abone a aquel la cantidad siguiente:

Nombre del trabajador: don Gheorghe Alin Motrun.

Indemnización: 4.392,22 euros.

Salarios: 15.833,70 euros (hasta el 15 de septiembre de 2012, fecha en que ha comenzado a prestar servicios para otra mercantil).

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 183.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ventilación e Incendios, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.394/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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