Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121117-68
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 102 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Elías Marcos Estévez, sobre Seguridad Social, se han dictado resoluciones de fechas 2 de abril de 2012, 10 de octubre de 2012 y 10 de octubre de 2012, respectivamente, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Montserrat Torrente Muñoz.—En Madrid, a 2 de abril de 2012.
Por presentado el anterior escrito y minuta de honorarios, regístrese en el libro de ejecuciones y fórmese pieza separada para tramitar la solicitud de reclamación de honorarios formulada por el letrado don Manuel Campomanes Sanchís, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil requiérase a don Elías Marcos Estévez, para que en el plazo de diez días proceda a abonar la cantidad de 1.139,88 euros, que se fijan para costas o impugne la cuenta, bajo apercibimiento de apremio si no pagare ni formulare impugnación.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Parte dispositiva:
En su virtud, visto el precepto citado y demás de general y pertinente aplicación, dispongo: Despachar ejecución a instancias del letrado don Manuel Campomanes Sanchís, contra don Elías Marcos Estévez, por la cantidad de 1.139,88 euros.
Notifíquese la siguiente resolución a las partes.
Modo de impugnación: no cabe recurso alguno contra la misma.
Así por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Francisca Arce Gómez.
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado. Doy fe.
Parte dispositiva:
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, y desconociéndose bienes concretos, acuerdo: Proceder a la averiguación de los mismos, pudiendo accederse a dicha información a través de la base de datos del Punto Neutro Judicial.
Librar los despachos pertinentes, a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes, y se comunique a este Juzgado si, por parte de la Hacienda Pública, se adeuda algún cantidad al ejecutado por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido, o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública al ejecutado, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con el número 2510.
Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los efectos oportunos.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso de revisión ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social) mediante escrito en el que deberá fundamentarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Elías Marcos Estévez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 10 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/34.243/12)

