Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
17-11-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121117-42

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 2

EDICTO

42
Juicio de faltas 388 de 2011

Doña Regina María González Lozano, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Navalcarnero.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 388 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

Navalcarnero, a 21 de marzo de 2012.—Don León Alonso Bermúdez de Castro, magistrado-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Navalcarnero, administrando justicia en nombre de Su Majestad el Rey, ha visto los presentes autos de juicio de faltas seguidos en este Juzgado con el número 388 de 2011, sobre hurto, a raíz de denuncia, siendo denunciante don Ángel Luis Hernández Núñez, cuyas demás circunstancias personales constan suficientemente en las actuaciones, sin haber comparecido al acto del juicio pese a haber sido citado en legal y debida forma, figurando como perjudicada la mercantil “Repsol”, titular de la estación de servicio “Valdefuentes”, sita en el polígono industrial “Valdefuentes”, de la localidad de Arroyomolinos (Madrid), tampoco comparecida al acto decisivo a través de su representación necesaria pese a su citación hecha en legal y debida forma, y denunciado don Juan Carlos López García, tampoco comparecido al acto del juicio pese a su citación hecha en legal y debida forma, habiendo intervenido el ministerio fiscal en su condición de parte preeminente atendida la naturaleza de los hechos denunciados.

Fallo

Absuelvo a don Juan Carlos López García de los hechos por los que ha sido denunciado, declarando las costas de oficio.

Sea notificada esta sentencia a las partes personadas, haciéndoseles saber que la misma es apelable en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación con arreglo a lo dispuesto en el artículo 976 de nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Dedúzcase testimonio de esta resolución, que será unido a los autos, quedando el original archivado en el legajo correspondiente.

Mediante esta sentencia, juzgando definitivamente el asunto en primera instancia, y de la que se expedirá testimonio del original para su incorporación a los autos, así lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Juan Carlos López García, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 5 de octubre de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/34.319/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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