Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
16-11-2012

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121116-123

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 7

EDICTO

123
Juicio de faltas 651 de 2012

Doña María Luisa Monreal Hernández, secretaria del Juzgado de instrucción número 7 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 651 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

CÉDULA DE CITACIÓN

El magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 7 de Madrid ha acordado citar a “Serviplus Enterprise, Sociedad Limitada”, a fin de que el día 22 de noviembre de 2012, a las diez y quince horas, asista en la Sala de vistas a la celebración del juicio de faltas número 651 de 2012, seguido por apropiación indebida, en calidad de responsable civil subsidiario.

Se le hace saber que deberá comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (testigos, documentos, peritos) y que podrá acudir asistida de letrado, si bien este no es preceptivo.

Apercibiéndole de que de residir en este término municipal y no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida podrá imponérsele una multa, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho y que, en caso de residir fuera de este término, podrá dirigir escrito a este Juzgado en su defensa y apoderar a otra persona para que presente en dicho acto las pruebas de descargo que tuviere, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a “Serviplus Enterprise, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID expido la presente.

En Madrid, a 30 de octubre de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/36.650/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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