Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
16-11-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121116-193

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

193
Juicio 600 de 2011

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Asunto en que se acuerda: juicio número 600 de 2011, promovido por don Diego David García Morcillo, sobre materias laborales individuales.

Empresas que se cita: “Aplicaciones de Pinturas y Afines, Sociedad Limitada”, “Prisma, Pinturas y Afines, Sociedad Anónima”, “Diamond Pinturas, Sociedad Anónima”, y “AD Pinturas y Afines, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.

Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por “Aplicaciones de Pinturas y Afines, Sociedad Limitada”, “Prisma, Pinturas y Afines, Sociedad Anónima”, “Diamond Pinturas, Sociedad Anónima”, y “AD Pinturas y Afines, Sociedad Limitada”, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinente.

Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, 28008 Madrid, Sala de vistas número 1-A, el día 21 de enero de 2013, a las nueve y veinte horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidas de abogado o representadas por procurador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de Procedimiento Laboral), además de imponerles, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

En Madrid.—Firmado.

(03/35.605/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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