Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
15-11-2012

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121115-266

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

266
Demanda 401 de 2012

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social del número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 401 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Mantas Carrillo, contra la empresa “Sistem Detec Spain, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Estimar la demanda interpuesta por don Miguel Mantas Carrillo, contra “Sistem Detec Spain, Sociedad Limitada”, declarando improcedente el despido del actor, condenando a “Sistem Detec Spain, Sociedad Limitada”, a que opte en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, mediante escrito o comparecencia ante la oficina del Juzgado, entre la readmisión del actor en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido o a indemnizarle en la cantidad de 8.581,35 euros, y en ambos casos al abono de los salarios de tramitación desde el día 16 de febrero de 2012 hasta la notificación de la presente sentencia a razón de 60,22 euros diarios.

En el caso de no efectuar la opción aludida se entenderá que “Sistem Detec Spain, Sociedad Limitada”, opta por la readmisión del actor.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas de la primera instancia.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación por medio de comparecencia o por escrito; siendo indispensable, si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita, que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena, y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 300 euros, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en “Banesto”, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.

La presente resolución judicial la pronuncia, manda y firma don Francisco Juan Sánchez Delgado, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles, en nombre de Su Majestad el Rey.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sistem Detec Spain, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 9 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.198/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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