Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
15-11-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121115-138

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

138
Demanda 482 de 2012

Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 482 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ernesto Rodríguez Prieto, contra la empresa “Compra y Venta de Vehículos de Ocasión Autos PT15, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Ernesto Rodríguez Prieto, contra “Compra y Venta de Vehículos de Ocasión Autos PT15, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de dicho trabajador llevado a cabo por la referida empresa tácitamente con efectos del día 12 de marzo de 2012, teniendo por ejercitada la opción de la empresa a favor de la indemnización, al no ser ya posible que la readmisión llegue a producirse, y declarando extinguida la relación laboral que vinculaba a las partes con efectos de la fecha de esta sentencia, condenando a la demandada a abonar al actor la cantidad de 1.834,05 euros en concepto de indemnización por despido hasta la fecha de esta sentencia.

Se imponen a la demandada las costas del proceso, por importe de 300 euros en concepto de honorarios del letrado de la parte demandante.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Princesa, número 3, a nombre de este Juzgado con el número 0030/1143/65/2504, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, a nombre de este Juzgado con el número antes indicado, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Ernesto Rodríguez Prieto y “Compra y Venta de Vehículos de Ocasión Autos PT15, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.253/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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