Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
15-11-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121115-292

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 1

EDICTO

292
Despido 352 de 2012

Doña Pilar Zapata Camacho, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Zaragoza.

Hago saber: Que en el procedimiento de despido objetivo individual número 352 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Vasile Emil Muresan, contra la empresa “Gestiona Cargas Completas, Sociedad Limitada”, sobre extinción por causa objetiva, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Vasile Emil Muresan, contra la empresa “Gestiona Cargas Completas, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido efectuado en fecha 23 de marzo de 2012 por parte de la empresa demandada, a la que condeno a que en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución opte entre la readmisión del trabajador o por abonarle una indemnización de cuarenta y cinco días de salario por año de servicio hasta el 11 de febrero de 2012 y de treinta y tres días por año de servicio a partir de tal fecha, cifrada en 12.646,84 euros, cuya opción deberá la demandada ejercitar mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado en el plazo indicado y sin esperar a la firmeza de la presente sentencia, y en el caso de opción por la readmisión, a que abone, asimismo, los salarios de tramitación desde la fecha del despido a razón de 54,63 euros hasta el día en que se notifique la presente sentencia, con imposición a la demandada de las costas causadas, incluidos honorarios, hasta el límite de 600 euros, del letrado del actor.

Notifíquese la anterior sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Aragón, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo. También podrá anunciarse por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante ante este Juzgado dentro del indicado plazo.

Todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social intente entablar el recurso de suplicación consignará como depósito la cantidad de 300 euros mediante ingreso en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado en “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima” (“Banesto”), cuenta número 0030/8005, código de identificación de este órgano judicial 4913. El recurrente deberá hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado al tiempo de anunciar el recurso.

El recurrente que no goce del beneficio de justicia gratuita acreditará al anunciar el recurso de suplicación haber consignado en la cuenta designada en el párrafo anterior la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituir la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacer constar la responsabilidad solidaria del avalista y su duración indefinida en tanto por este Juzgado no se autorice su cancelación. La acreditación se hará mediante presentación del resguardo de la consignación en metálico o, en su caso, el documento de aseguramiento.

De no anunciarse el recurso contra la presente, firme que sea, procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gestiona Cargas Completas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Zaragoza, a 5 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.902/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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