Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
13-11-2012

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121113-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

52
Modificación ordenanzas fiscales

Advertido error material en el anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 265, de 6 de noviembre de 2012, correspondiente a la modificación de las ordenanzas fiscales y generales de precios públicos de 2013, aprobada de forma provisional y definitiva si no se presentaran reclamaciones, por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria de 31 de octubre de 2012, en virtud de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su corrección de la siguiente manera:

En la página 265, primera línea, donde dice: en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por instalación de cajeros automáticos en las fachadas de los inmuebles con acceso directo desde la vía pública, modificar el apartado 2 del artículo 6, quedando como sigue: “2. Cuando por causas no imputables al sujeto pasivo el servicio no se preste o desarrolle y no se haga uso de las instalaciones municipales, procederá la devolución del importe correspondiente, siempre que, previo informe del responsable de la autorización, los locales puedan ser usados por terceros, en los días y horas concedidos en la licencia que se anula”, debe decir: “modificar el apartado 2 del artículo 6, quedando como sigue: 2. Cuando por causas no imputables al sujeto pasivo el servicio no se preste o desarrolle y no se haga uso de las instalaciones municipales, procederá la devolución del importe correspondiente, siempre que, previo informe del responsable de la autorización, los locales puedan ser usados por terceros, en los días y horas concedidos en la licencia que se anula”.

Por tanto, dicha modificación se refiere a la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de las dependencias e instalaciones municipales.

Lo que se hace constar a los efectos oportunos y para general conocimiento.

Alcalá de Henares, a 8 de noviembre de 2012.—El secretario general del Pleno, Pedro A. Martín Pérez.

(03/36.498/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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