Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121112-127
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39
EDICTO
CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO
Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
Asunto en que se acuerda: juicio número 440 de 2012, promovido por don Miguel Almeida Blas y don Jacinto Redondo las Heras, sobre materias laborales individuales.
Entidades que se cita: “Ferromontajes Molina, Sociedad Limitada”, y “Ferrallas Raser, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.
Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por “Ferromontajes Molina, Sociedad Limitada”, y “Ferrallas Raser, Sociedad Limitada”, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinente.
Lugar y fecha en la que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 10.1, ubicada en la planta décima, el día 2 de diciembre de 2013, a las diez horas.
Advertencias legales
1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).
Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).
2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).
3. Si pretende comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado, por escrito, dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).
4. Si no comparece y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social).
5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero.
En Madrid, 2012.—El secretario judicial.
(03/35.453/12)