Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
12-11-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121112-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

111
Demanda 990 de 2012

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 990 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Isidro César Ponce Córdoba, don Guidman Germán Revelo Proaño y don César Augusto Mayorga Retuerto, contra “Servicio Urgente de Documento 2001, Sociedad Limitada”, y “GMG 1991 Distribución, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido, se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por don Isidro César Ponce Córdoba, don Guidman Germán Revelo Proaño y don César Augusto Mayorga Retuerto, frente a “Servicio Urgente de Documento 2001, Sociedad Limitada”, y “GMG 1991 Distribución, Sociedad Limitada Unipersonal”, que se sustanciará por las reglas de despido.

2. Citar a las partes con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración de los actos de conciliación y juicio, a cuyo efecto se señalan en única y sucesiva convocatoria para el día 3 de abril de 2013, a las once y treinta horas, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de la Jurisdicción Social, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sito en calle Princesa, número 3.

3. En cuanto a la prueba propuesta paso a dar cuenta a su señoría.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá, dentro del plazo para recurrir, constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, con el número 2525, en la entidad bancaria “Banesto”, calle Princesa, número 3.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los 20 dígitos obligatorios: 0030 1033 40 0000000000, indicando el número de c/c 2525, número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso.—La secretaria judicial (firmado).

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de la Jurisdicción Social, doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicio Urgente de Documento 2001, Sociedad Limitada”, en ignorado panadero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.462/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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