Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
12-11-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121112-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

107
Demanda 1.307 de 2010

Don Fernando Alonso de Lera, secretario del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de doña Olga Núñez Burgos, doña Eva de las Peñas Moya y doña Gema García González, contra “Sociedad Cooperativa Enmi Pikler” y “Clece, Sociedad Anónima”, en reclamación por despido, registrado con el número 1.307 de 2010, se ha acordado citar a “Sociedad Cooperativa Enmi Pikler” y “Clece, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 21 de noviembre de 2012, a las nueve y cinco horas, al objeto de extinguir la relación laboral de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y 281 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, haciéndoles saber que se podrá celebrar dicho acto sin la asistencia de la demandada si no comparece, acto en el que serían examinadas las partes sobre los hechos alegados, admitiéndose las pruebas solicitadas, citándose al efecto a los representantes legales de las empresas para la práctica del interrogatorio.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Sociedad Cooperativa Enmi Pikler” y “Clece, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 26 de octubre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/35.317/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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