Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 268
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121109-143
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40
EDICTO
Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 455 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óscar Jesús Aparicio Galán, contra la empresa “Enlace Informático, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Que estimando la demanda formulada por don Óscar Jesús Aparicio Galán, contra “Enlace Informático, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte demandante, y en consecuencia, siendo inviable la readmisión al estar cerrada la empresa, declaro extinguida la relación laboral entre las partes, y debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone al actor una indemnización de 34.060,09 euros por no readmisión.
No se efectúa declaración expresa de absolución o condena respecto al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones establecidas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Enlace Informático, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 4 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/33.580/12)

