Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 268

Fecha del Boletín 
09-11-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121109-140

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

140
Demanda 1.198 de 2011

Doña Amparo Sánchez Lidón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.198 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Alonso Ajenjo, don Julio Millán Gómez, don Juan Manuel Jurado Durán, don Gonzalo Peces Gómez y don Ángel Crespo Moleón, contra don José Luis Benito Ludeña (liquidador), “Nivel Arte, Sociedad Anónima”, y el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Miguel Ángel Alonso Ajenjo, don Julio Millán Gómez, don Juan Manuel Jurado Durán, don Gonzalo Peces Gómez y don Ángel Crespo Moleón, contra la empresa “Nivel Arte, Sociedad Anónima”, de la que es liquidador don José Luis Benito Ludeña, en materia de reclamación de cantidad, con intervención del Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa “Nivel Arte, Sociedad Anónima”, a abonar a los actores las cantidades siguientes, más el interés legal de demora del 10 por 100 anual sobre dichas cantidades, obligándole a estar y pasar por dicho pronunciamiento:

A don Miguel Ángel Alonso Ajenjo: 7.578,94 euros.

A don Julio Millán Gómez: 7,614,46 euros.

A don Juan Manuel Jurado Durán: 7.443,29 euros.

A don Gonzalo Peces Gómez: 7.614,46 euros.

A don Ángel Crespo Moleón: 5.377,23 euros.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2809 en “Banesto”, en la calle Princesa, número 2, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Adviértase de que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don José Luis Benito Ludeña (liquidador), y “Nivel Arte, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.574/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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