Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 268

Fecha del Boletín 
09-11-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121109-138

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

138
Demanda 1.256 de 2011

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.256 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Lucía Llanos Campillo, contra la empresa “Dreamland Comunicación, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 2 de octubre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que debo estimar la demanda interpuesta por doña María Lucía Llanos Campillo, contra “Dreamland Comunicación, Sociedad Limitada”, y, en su virtud, condenar a esta a que le abone la suma de 4.336,64 euros.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Dreamland Comunicación, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/33.573/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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