Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 267

Fecha del Boletín 
08-11-2012

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121108-60

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

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Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

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Inspección técnica edificios

Expediente 711/2012/25335.

El artículo 17 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones de 2011, establece que la administración municipal elaborará un padrón de los bienes inmuebles sujetos a la inspección técnica de edificios que se expondrá al público durante treinta días dentro del último trimestre del año anterior al plazo de presentación de las actas de inspección técnica a fin de facilitar el cumplimiento de este deber a los propietarios.

Atendiendo a lo dispuesto en el artículo citado se ha elaborado un padrón de los edificios y construcciones cuyos propietarios están obligados a acreditar la realización de la inspección técnica de edificios en el año 2013, por haber sido construidos o reestructurados en el año 1982, o por ser edificios construidos entre los años 1940 y 1952 y deber realizarla cada diez años, a contar desde 2003, año de la primera obligación, de conformidad con los artículos 16 y 21 y la disposición transitoria cuarta de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones.

Este padrón se expondrá al público en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento de Madrid, cuya consulta se realiza a través de la web municipal (www.madrid.es), por un plazo de treinta días, a partir del día 12 de noviembre de 2012, a fin de que los propietarios puedan examinarlo y, en su caso, formular las reclamaciones oportunas.

Esta exposición, conforme al artículo 17 citado, producirá los efectos de notificación a los interesados de la obligación de acreditar la realización de la correspondiente inspección dentro del plazo señalado.

Madrid, a 19 de octubre de 2012.—El director general de Control de la Edificación, Norberto Rodríguez Pérez.

(01/3.610/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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