Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
05-11-2012

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121105-92

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SANTORCAZ

OTROS ANUNCIOS

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Juez de paz sustituto

Doña María Luisa Tamayo Sánchez, alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Santorcaz, provincia de Madrid.

Hago saber: estando próximo a quedar vacante el cargo de juez de paz sustituto de este municipio de Santorcaz, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y a los artículos 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir a la persona que habrá de ser propuesta a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid para ser nombrado juez de paz sustituto de este municipio.

En consecuencia, se procede por ese Ayuntamiento a anunciar la vacante para aquellos que estén interesados en el cargo puedan presentar su solicitud mediante escrito dirigido a esta Alcaldía.

Todas las personas que deseen presentar su solicitud deberán ajustarse a las siguientes bases:

1. Requisitos:

— Ser español.

— Ser mayor de edad.

— Residir en el municipio.

— No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad establecidas en los artículos 303 y 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en lo que les sea aplicable, ni en la prohibición establecida en el artículo 23 del ­Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

2. Plazo y lugar de presentación de solicitudes: durante el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, podrán presentarse las solicitudes, en el Registro General de ese Ayuntamiento, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 39/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. A la solicitud, que podrá ser recogida en el Ayuntamiento, deberá acompañarse la siguiente documentación:

— Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.

— Declaración jurada de que reúne los requisitos de capacidad y no está incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad que figuran en los artículos 1.2, 13, 14 y 23 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, y artículos 102, 303 y 389 a 397 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Lo que se publica para general conocimiento.

En Santorcaz, a 16 de octubre de 2012.—La alcaldesa, María Luisa Tamayo Sánchez.

(03/34.284/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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