Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
05-11-2012

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121105-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

57
Notificación comparecencia

De conformidad con lo establecido en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y habiéndose intentado la notificación sin que haya podido practicarse por causas no imputables a esta Administración, por el presente anuncio se cita a los obligados tributarios o sus representantes, que se relacionan a continuación, para ser notificados por comparecencia de los actos administrativos.

Los obligados o sus representantes deberán comparecer para ser notificados en el plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de esta publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes, en la Inspección de Rentas de este Ayuntamiento, avenida Constitución, número 47.

Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado.

Impuesto sobre actividades económicas

Resoluciones:

— Taller Asesoramiento Multimarca Cars, Sociedad Limitada (expediente 286.2012/ IAE/S), CIF B-85471563.

Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos

Inicio de expedientes sancionadores:

— “Herzore Construcciones, Sociedad Anónima” (expediente 204.2012 IIVTNU/S), CIF A-81784902.

Resolución de expedientes sancionadores:

— Vanesa Corvillo Formoso (expediente 231.2012 IIVTNU/S), NIF 47215624-M.

— Juan Antonio Fernández Cruz (expediente 131.2012 IIVTNU/S), NIF 46832015-J.

— Alejandro Fernandez Díaz (expediente 135.2012 IIVTNU/S), NIF 5209026-D.

— Santiago Yagüe Iglesia (expediente 224.2012 IIVTNU/S), NIF 1036365-P.

Coslada, 2012.

(02/8.013/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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