Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121103-115
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34
EDICTO
Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 403 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Adrián Simenov Anguelov, contra la empresa “Construcciones y Sistemas Veruka, Sociedad Limitada”, sobre resolución de contrato de trabajo, se ha dictado sentencia de fecha 6 de septiembre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Fallo
Que debo estimar la demanda interpuesta por don Adrián Simenov Anguelov, contra “Construcciones y Sistemas Veruka, Sociedad Limitada”, y a su tenor, previa declaración de la constancia de un incumplimiento grave de sus obligaciones contractuales por la empleadora, debo resolver el contrato de trabajo en esta fecha, condenando a la empresa a que esté y pase por la expresada declaración y a que satisfaga al demandante una indemnización rescisoria de 9.299,89 euros. Y asimismo, a que le abone por el concepto de remuneraciones impagadas la suma de 5.934,44 euros.
Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado.
Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2807/0000/60, seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras), en la oficina del “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Princesa, número 3, primera planta, de esta capital.
Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso acreditar haber consignado la suma de 150 euros en concepto de depósito en la cuenta número 2807/0000/34, seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras), en el mismo banco.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Sistemas Veruka, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 27 de septiembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/33.012/12)

