Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
03-11-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121103-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

61
Demanda 200 de 2012

Doña Raquel Paz García de Mateos, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 200 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Paloma María Bailón Campaña, contra la empresa “No Más Dietas, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado auto de aclaración de la sentencia dictada el 5 de julio de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 17 de septiembre de 2012.

Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice.

«Fallo

Que estimando la demanda por despido interpuesta por doña Paloma María Bailón Campaña, vengo a declarar la improcedencia de su despido y, en consecuencia, condeno a la empresa “No Más Dietas, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por dicha declaración a los efectos legales siguientes:

1. Se declara extinguida la relación laboral que unió a los litigantes en el día de la fecha.

2. La empresa demandada deberá abonar al actor una indemnización de 2.798 euros, con más 12.779,96 euros de salarios de tramitación desde el 3 de enero de 2012 (día del despido) hasta el día de hoy.

3. La empresa demandada deberá abonar a la actora la cantidad de 2.291,66 euros, con más el 10 por 100 de mora en concepto de liquidación.»

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiera la solicitud o actuación de oficio conforme al artículo 214.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “No Más Dietas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.892/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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