Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
03-11-2012

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121103-27

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 2

EDICTO

27
Procedimiento 338 de 2008

Don José Antonio Fernández Borrego, secretario judicial sustituto del Juzgado de primera instancia número 2 de Fuenlabrada.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio verbal número 338 de 2008, que se tramita en este Juzgado a instancias de doña Beaty Icowo, frente a don Willian Tchinda, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 184 de 2012

En Fuenlabrada, a 26 de julio de 2012.—Vistos por don Pedro José Puerta Lanzón, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 2 de los de Fuenlabrada y su partido judicial, los autos de juicio verbal especial número 338 de 2008, seguidos a instancias de doña Beaty Icowo, representada por la procuradora señora Massó y defendida por la letrada señora Escalante, contra don Willian Tchinda, en rebeldía, en materia de medidas paterno filiales, con intervención del ministerio fiscal.

Fallo

Estimo en parte la demanda presentada por doña Beaty Icowo, representada por la procuradora señora Massó, contra don Willian Tchinda, en rebeldía, en materia de medidas paterno filiales, con intervención del ministerio fiscal.

Se acuerdan las siguientes medidas:

1. La patria potestad se ejercerá exclusivamente por la madre durante la ausencia del padre.

2. La atribución de la guarda y custodia de los hijos menores a la madre.

3. No procede fijar régimen de visitas.

4. No procede fijar pensión alimenticia a cargo del padre a favor de los hijos.

No se hace especial pronunciamiento en costas.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Contra la misma puede interponerse recurso de apelación en el plazo de cinco días, ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial.

La parte que pretenda recurrir en apelación deberá acreditar, al momento de la preparación del recurso de apelación, la constitución de depósito por importe de 50 euros mediante consignación en la cuenta de este Juzgado al número 2374/0000/03/0338/08, bajo apercibimiento de inadmisión a trámite del citado recurso, tal y como determina la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, reformada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así lo pronuncia, manda y firma don Pedro José Puerta Lanzón, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 2 de este partido judicial.

Publicación

La anterior sentencia ha sido leída y publicada por el magistrado-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública, de lo que doy fe.

Y dado el ignorado paradero de don Willian Tchinda se extiende el presente para que sirva de notificación en forma de la sentencia dictada, concordando bien y fielmente con el original al que me remito, y para que conste, libro el presente en Fuenlabrada, a 31 de julio de 2012.—El secretario (firmado).

(03/33.120/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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