Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121101-102
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 193 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pablo Bodas Rodríguez, contra las empresas “Marsans Technology, Sociedad Limitada”, y “Viajes Marsans, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don Pablo Bodas Rodríguez, frente a “Marsans Technology, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 1.765,85 euros en concepto de principal, más otros 287 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en el plazo máximo de quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba respecto a la ejecutada “Marsans Technology, Sociedad Limitada”, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
No ha lugar a despachar la ejecución interesada frente a “Viajes Marsans, Sociedad Anónima”, por encontrarse la mercantil en situación de concurso. Y en su virtud, hágase entrega a la parte actora de testimonio de la sentencia recaída en este procedimiento, así como de la presente resolución.
Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
Así lo acuerdo, mando y firmo.
Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Marsans Technology, Sociedad Limitada”, y “Viajes Marsans, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 24 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/32.797/12)