Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
01-11-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121101-55

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

55
Demanda 427 de 2012

Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 427 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro José Casarrubios Sánchez, contra la empresa “Dicenor Térmica, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En su virtud, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, doña Elena Bornaechea Morlans resuelve: Decretar ejecución del fallo de la sentencia dictada en las presentes actuaciones con fecha 6 de julio de 2012, declarando extinguida a partir de esta fecha la relación laboral que vinculaba a don Pedro José Casarrubios Sánchez y a la empresa “Dicenor Térmica, Sociedad Limitada”, acordando que se abonen por la referida empresa a dicho trabajador 3.124,85 euros en concepto de indemnización por dicha extinción calculada hasta la fecha de esta resolución, así como 5.081,44 euros en concepto de salarios dejados de percibir durante los períodos especificados en la fundamentación jurídica de esta sentencia, si bien teniendo en cuenta que percibió prestaciones por desempleo desde el día 1 de marzo de 2012 hasta el día 10 de junio de 2012, debiendo ser reintegrada al Servicio Público de Empleo Estatal la cantidad percibida.

En dichas cantidades se encuentran comprendidas las fijadas en la sentencia.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, a nombre de este Juzgado con el número 2504/0000/65/0427/12, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con el anuncio del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal efecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Elena Bornaechea Morlans.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Dicenor Térmica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.765/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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