Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 260

Fecha del Boletín 
31-10-2012

Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121031-4

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA

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RESOLUCIÓN de 29 de octubre de 2012, de la convocatoria de subvenciones, correspondiente a 2012, para la realización de actividades en el sector del transporte público por carretera.

Mediante Orden de 27 de agosto de 2012, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de septiembre de 2012), se aprobaron las bases reguladoras y se efectuó la convocatoria de subvenciones, correspondiente a 2012, para la realización de actividades formativas en el sector del transporte público por carretera, abriéndose un plazo de un mes para la presentación de solicitudes.

Una vez estudiadas las solicitudes presentadas, habiendo requerido la documentación complementaria necesaria para la evaluación de las mismas y comprobado la situación de los solicitantes en relación con sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, se reunió la comisión de evaluación prevista en las bases reguladoras, a fin de valorar las solicitudes y formular la pertinente Propuesta de Resolución.

A la vista de la propuesta de la comisión de evaluación y de conformidad con la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la citada Orden de 27 de agosto de 2012, y demás normas concordantes,

HE RESUELTO

1.o Otorgar subvención a los solicitantes y actividades que se relacionan en el Anexo I.

2.o Desestimar las restantes solicitudes por los motivos que a continuación se detallan:

— A la Fundación Francisco Corell por no ser una asociación profesional de transportistas o de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte ni un sindicato, con implantación efectiva en el sector del transporte por carretera de la Comunidad de Madrid, tal y como exige el artículo 2 de las bases reguladoras.

— A la Asociación de Transporte Internacional por Carretera (ASTIC) por no haber presentado los poderes del representante necesarios según las bases reguladoras y la convocatoria.

— A la Federación Española de Transporte Discrecional de Mercancías (Fetransa), al Sindicato de Transportes de Seguridad, al Sindicato Libre de Trabajadores de Madrid, a Lógica Organización Empresarial de Operadores Logísticos, a Uno Organización Empresarial de Logística y Transporte, a la Asociación para el Desarrollo del Transporte (ADT) y a las acciones formativas de los restantes solicitantes que no han sido incluidas en el Anexo I, por insuficiencia de fondos, en consideración a la puntuación obtenida por sus solicitudes.

El abono de la subvención queda condicionado a la presentación de los justificantes de realización de las actividades y de los gastos relacionados con las mismas, que se deberá efectuar hasta el 21 de noviembre, en los términos exigidos por las bases de la convocatoria.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Consejero de Transportes, Infraestructuras y Vivienda en el plazo de un mes desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 29 de octubre de 2012.—El Consejero de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, PD (Orden de 25 de enero de 2012), el Director General de Transportes, Federico Jiménez de Parga Maseda.

(03/35.290/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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