Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 260

Fecha del Boletín 
31-10-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121031-119

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

119
Ejecución 215 de 2012

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 215 de 2012, autos número 979 de 2011, de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Mohamed Amine Driouech, contra la empresa “Restaurante Chulia”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones, que por las presentes se publican:

Auto de ejecución de fecha 8 de octubre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Dispongo

Despachar orden general de ejecución de sentencia por la vía de incidente de no readmisión del artículo 280 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social a favor de la parte ejecutante, don Mohamed Amine Driouech, frente a “Restaurante Chulia”,

Se hace constar que en el presente procedimiento se dictó sentencia en fecha 7 de diciembre de 2011. Asimismo, ha sido notificada a las partes de la siguiente manera:

— A la parte actora, por correo certificado con acuse de recibo, notificada el día 22 de diciembre de 2011.

— A la demandada, por medio de edictos, publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en fecha 5 de enero de 2012.

— Al Fondo de Garantía Salarial, notificada el día 16 de diciembre de 2011.

Contra este auto cabe recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles siguientes al de su notificación, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por el ejecutado en el citado plazo de tres días hábiles, de conformidad a lo establecido en el artículo 239.4 de la Ley 36/2011, de 20 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez (firmado).

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Encarnación Gutiérrez Guío.—En Madrid, a 8 de octubre de 2012.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar la entrada del anterior escrito de la parte actora, presentada en la Delegación del Decanato con fecha 27 de septiembre de 2012, por la letrada designada del turno de oficio para la defensa del demandante en la ejecución de la sentencia en el procedimiento de despido contra “Restaurante “Chulia”, únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas.

Se tiene por solicitada la ejecución de la sentencia, de fecha 7 de diciembre de 2011, a la empresa “Restaurante Chulia”, en favor del demandante, don Mohamed Amine Driouech, y previo a la resolución se acuerda oír a las partes y al Fondo de Garantía Salarial en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, el día 26 de noviembre de 2012, a las nueve veinticinco horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas, así como al Fondo de Garantía Salarial, en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.

Haciéndose constar que en el presente procedimiento se dictó sentencia en fecha 7 de diciembre de 2011, siendo notificada según:

— A la parte actora, por correo certificado con acuse de recibo, notificada el día 22 de diciembre de 2011.

— A la demandada, por medio de edictos, publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en fecha 5 de enero de 2012.

— Al Fondo de Garantía Salarial, notificada el día 16 de diciembre de 2011.

Se ha presentado escrito solicitando ejecución por la parte codemandante, don Mohamed Amine Driouech, en la Delegación del Decanato con fecha 27 de septiembre de 2012.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Mohamed Amine Driouech, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.071/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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