Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 260

Fecha del Boletín 
31-10-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121031-160

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

160
Ejecución 199 de 2010

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 96 de 2010, ejecución número 199 de 2010, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Rosario Ayensa Remírez, contra la empresa “Tecnología en Prevención, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha de hoy, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 26 de septiembre de 2012.—Por todo lo expuesto,

Parte dispositiva:

Acuerdo: Decretar la nulidad del auto que despacha ejecución dictado en fecha 1 de julio de 2010 y de las actuaciones ejecutivas posteriores.

Levantar los embargos acordados en la presente ejecución, expidiéndose para ello los oportunos oficios.

Verificado que sea lo anterior, archívense las presentes actuaciones.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Teresa Orellana Carrasco.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tecnología en Prevención, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.741/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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