Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
30-10-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121030-128

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

128
Demanda 502 de 2012

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 502 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Ramón Vázquez Bautista, don Rafael Reina Granados contra la empresa “Transportes A & F Honrado, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 20 de septiembre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que debo estimar la demanda interpuesta por don Juan Ramón Vázquez Bautista y don Rafael Reina Granados, contra “Transportes A & F Honrado, Sociedad Limitada”, y, a su tenor, previa declaración de improcedencia de la extinción practicada, debo resolver el contrato de trabajo en esta fecha condenando a la citada empresa a que esté y pase por la expresada declaración y a que satisfaga a los demandantes las siguientes cantidades:

A don Juan Ramón Vázquez Bautista, 30.058,14 euros, por el concepto de indemnización extintiva y 9.767,58 euros por el concepto de salarios de tramitación (ciento setenta y tres días).

A don Rafael Reina Granados, 18.351,69 euros por el concepto de indemnización extintiva, y 9.312,59 euros por el concepto de salarios de tramitación (ciento setenta y tres días).

Se notifica esta sentencia a las partes con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o graduado social o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia, o por escrito de las partes, de su abogado o graduado, o de su representante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número 2807.0000.60 seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras) en la oficina del “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en calle de Princesa, número 3, primera planta de esta capital. Asimismo deberá, en el momento de interponer el recurso, acreditar haber consignado la suma de 300 euros en concepto de depósito en la cuenta 2807.0000.34 seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras), en el mismo banco.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transportes A & F Honrado, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de septiembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/32.553/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121030-128