Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
29-10-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121029-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

79
Demanda 10 de 2012

Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 10 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Felisa Gallego Guerra, contra la empresa “Urbajar, Sociedad Limitada”, en materia de despido, se ha dictado auto, de fecha 4 de octubre de 2012, declarando extinguida la relación laboral.

Auto

Dada cuenta y visto el estado de las actuaciones.

Dispongo: Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña Felisa Gallego Guerra con la empresa “Urbajar, Sociedad Limitada”, condenando a esta parte a que abone a la parte ejecutante las siguientes cantidades:

En concepto de indemnización la cantidad de 15.183,99 euros, resultado de calcular cuarenta y cinco días por año trabajado hasta la presente resolución (3 de octubre de 2012).

En concepto de salarios de tramitación, la cantidad resultante desde la fecha de despido (28 de noviembre de 2011) y hasta el día de la fecha de esta resolución, lo que supone doscientos setenta y cinco días, por un salario día de 89,75 euros, resulta la cantidad de 24.681,34 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la efectividad de lo acordado (artículo 184.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación y, en su defecto, no se admitirá a trámite.

Solo estarán exentos del pago de depósito necesario para la interposición de recursos aquellas personas que se les hubiera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita (artículo 6, párrafo 5 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita).

Así por este auto lo ordeno, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María Henar Merino Senovilla.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Urbajar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de octubre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/33.790/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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